EL CÓDIGO DE ÉTICA DE
LOS PSICÓLOGOS DEL PERÚ
El código de ética profesional como
instrumento diseñado para regir aspectos de la
psicología teniendo a la Ética como valor central, contiene aquellos artículos
sobre los cuales todo psicólogo como buen profesional debe regirse.
Encontrándose aquí los artículos en donde recalca los derechos fundamentales
del paciente, incluyéndose el consentimiento informado:
ARTÍCULO 3° Comprometerse a respetar las
normas que establece el presente Código y promover una imagen positiva de su
profesión. El psicólogo deberá salvaguardar su prestigio profesional, el honor
y la dignidad de la profesión. El psicólogo no realizará ni contribuirá a
prácticas que atenten contra la libertad e integridad física y psíquica de las
personas, ni ejercerá en su actividad ninguna tipo de coerción.
ARTÍCULO 40° El investigador debe
informar al participante de todas las características de la investigación que
puedan influir en su decisión de participar y de explicar otros aspectos de la
investigación sobre las preguntas o dudas del participante.
ARTÍCULO 41° Una investigación
éticamente aceptable comienza con el establecimiento de un acuerdo claro y
justo entre el investigador y el participante. Se especificarán con claridad
las responsabilidades de cada uno. El investigador tiene la obligación de
honrar todas las promesas y compromisos en el acuerdo.
ARTÍCULO 45° Todo trabajo experimental
en seres humanos requiere de los participantes su consentimiento escrito,
libremente y correctamente informado.
6.9. Sobre el Consentimiento informado
ARTÍCULO 294° El psicólogo debe informar
a las personas a entrevistar cuál es su rol, quien ordena el estudio, cuales
son las características del mismo y su obligación de efectuar un informe a la
autoridad competente, a los fines de salvaguardar la autonomía de las personas
para brindar la información que crean conveniente o si así lo consideran,
negarse a la realización del estudio.
ARTÍCULO 295° En los casos en los que
las personas no se encuentren en condiciones legales o psíquicas de brindar su
consentimiento, los psicólogos deberán brindar tal información a sus
representantes legales y/o autoridad competente.
IMPORTANCIA DEL
CONSENTIMIENTO INFORMADO EN LA ENTREVISTA PSICOLÓGICA
El consentimiento informado hace posible la protección de las
personas participantes, respetando sus derechos y la garantizando su bienestar, mejorando así la relación entre el
entrevistado y el entrevistador, ya que al establecerse todo con claridad y con
el consentimiento voluntario del entrevistado se obtendrá como resultado un
clima de confianza apropiado para propiciar la comunicación del paciente.
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